lunes, 22 de abril de 2013

Desasignados: solicitud de trabajo efectivo


Como ya os hemos informado en anteriores ocasiones, la Comisión de Desasignados de Arroyo de la Vega sigue trabajando para mejorar el procedimiento de la reasignación a proyectos en nuestra empresa.

En Co.Bas  una de nuestras mayores preocupaciones son aquellos compañeros que llevan desasignados varios meses, o incluso años, parece que las UGR's (Unidades de Gestión) les olvidan, cuando menos no se hace todo lo que se debería hacer para buscar una solución.

Para mejorar este problema, y evitar que continúe creciendo el número de desasignados de media y larga duración, en Co.Bas hemos redactado una carta tipo para que los interesados que así lo deseen se dirijan a Relaciones Laborales solicitando el derecho al trabajo que nos asiste según el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores. 

Los delegados de Co.Bas que estamos en situación de designación de larga duración ya lo hemos solicitado.

descargar carta

Podéis descargaros la carta tipo cumplimentarla y enviarla a rrhhpersonal@indra.es con copia a
cobas.indramadrid@cobas.org, o entregarla en la dirección de RRHH azul 1, Arroyo de la Vega.



Podéis contactar con nosotros si necesitas ayuda para este trámite. Co.Bas os apoya en todo lo que necesitéis.

CSS. Comité de Seguridad y Salud


En el último Comité de Seguridad y Salud se trataron los siguientes temas:

Se han dado casos de botiquines que están a cargo de personas que ya no están en la empresa. ¿A quién acudir ante una necesidad? La empresa va a revisar la situación.

También parece ser que ha faltado material en el servicio médico, incluso tiras de glucosa para diabéticos, se hacen pedidos que no llegan, van a investigar.



Nos han dicho que tanto violeta 1 como añil 0 son módulos de Puestos flexibles.

Al comentar la sospecha del uso de cafeterías o salitas como puestos de trabajo, nos han dicho que ellos no creen que eso esté sucediendo, que serán más bien reuniones.

No nos han informado a los DP acerca del módulo de riesgos laborales que aparece en el curso de Programa de Cumplimiento porque dicen que no entra en el ámbito de la prevención.

Está colgada en la indraweb la “Guía Equipamiento Ergonómica”, que entre otras cosas recoge el procedimiento de solicitud de complementos ergonómicos (reposapiés, reposamuñecas)

La campaña ginecológica empezará a partir de abril.

Aún queda material almacenado en el aparcamiento -3, dicen que se ha tirado mucho y el resto está señalizado, pero se siguen apilando ordenadores en desuso sin señalizar ocupando carril de circulación.
Hemos mostrado nuestra inquietud por cómo han quedado los equipos de emergencias tras los múltiples traslados realizados.

En relación con la información solicitada por CoBas a la empresa acerca de Prevención Internacional y desplazamiento de trabajadores de Indra a países conflictivos, nos han informado de lo siguiente:

Existe una aplicación llamada SIGEDES (“Sistema de Gestión de Desplazados”) en la Indraweb  que proporciona la siguiente información actualizada para cada país por el que se accede:  Mapa, Información general, de seguridad, análisis de seguridad necesaria, información útil, requisitos especiales, otras informaciones…
En  https://indraweb.indra.es/sigedes/index.jsp . Si no accedes directamente  con  el anterior enlace, puedes acceder a través de   INDRAWEB>Información Corporativa>Seguridad>Seguridad Corporativa>SIGEDES.

· El Centro de Control (situado en Arroyo, SS Naranja) funciona 24x7, con 2 operadores, y dispone de la información de todos aquellos trabajadores que están desplazados en países conflictivos, de todas las compañías de Indra y de los subcontratados, y están en continuo contacto con ellos tanto para informarse de cómo están como para darles soporte en lo que necesiten.

· En caso de necesidad de evacuación se remitirían principalmente a la intervención de las embajadas.

· Existe un Manual Internacional de Autoprotección para personal desplazado, también colgado en la indraweb.


Comisión de Formación Arroyo de la Vega


Plan de Formación 2013 en el centro de Arroyo de la Vega: Una vez puesto en marcha en el mes de marzo, podéis hacernos llegar cualquier incidencia que os surja relacionada con la tramitación de vuestra solicitud a la dirección de correo del Departamento de Formación a la que tenemos acceso los miembros de la Comisión de Formación de Arroyo de la Vega: solicitudformacion@indra.es.  
Por otra parte, ya sabéis que podéis comunicarnos vuestras dudas, sugerencias e ideas contactando con nosotros por cualquiera de las vías que aparecen en esta publicación. Transmitiremos todas estas incidencias y sugerencias al Departamento de Formación para mejorar entre todos la gestión y el contenido de los cursos.


13, Rue del Arroyo. Abril 2013

Abril 2013


INDRA y la CEOE


En enero de 2012, CEOE, CEPYME, CCOO, UGT pactan el II ACUERDO PARA EL EMPLEO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2012, 2013 Y 2014. En cuanto a criterios para subidas salariales proponen las siguientes líneas:

2012: el aumento de los salarios pactados no debería exceder el 0,5%, con una cláusula de actualización aplicable al final del ejercicio concretado en el exceso de la tasa de variación anual del IPC general español del mes de diciembre sobre el objetivo de inflación del Banco Central Europeo (2%).

2013: el aumento de los salarios pactados no debería exceder el 0,6%, con una cláusula de actualización en los mismos términos que para 2012.

2014: el aumento de los salarios pactados debería ajustarse al ritmo de actividad de la economía española, según criterios ligados al incremento del PIB.
  
Dejando a un lado lo penoso del acuerdo, ni siquiera los empresarios firmantes pueden autoprotegerse ante una revisión salarial para el año 2012 ya que el tope del 2% que habían previsto como escudo para no subir los salarios más allá del 0,5% se ha traspasado: el IPC en España ha cerrado el año en el 2,9% y el armonizado europeo en el 2,2%.


No importa, la CEOE, -institución que recordemos cuenta con su anterior presidente Gerardo Díaz Ferrán detenido y acusado de alzamiento de bienes y blanqueo de dinero desde diciembre de 2012 y que su vicepresidente Arturo Fernández ha sido acusado de pagar en negro a sus propios empleados, pero se mantiene en el cargo protegido por el propio presidente Joan Rosell- lanza un comunicado en el que aboga por la moderación salarial incumpliendo lo firmado en lo que vemos que es sólo papel mojado:


Esta recomendación viene de los mismos que defienden que hay que regular el derecho a huelga (19 de marzo de 2012 Joan Rosell en una entrevista a ABC), son los que piden que hay que trabajar más y cobrar menos, son los que exigen, aconsejan, e incluso pactan con los agentes sociales, medidas restrictivas, económicas y laborales, para los trabajadores… pero que a ellos  “no aplica”. La crisis y los recortes no van con ellos. El propio Joan Rosell defiende que una empresa tribute sus ventas en paraísos fiscales para obtener mayores beneficios.

¿Quién paga entonces los tributos necesarios para mantener el estado del país que tanto quieren, o sólo quieren el beneficio propio?

¿Quiénes son entonces para aconsejar, y nos tememos que para dirigir, las políticas económicas de la nación?

En INDRA se siguen estas pautas desde hace años, con y sin crisis, congelación salarial, ataque a los representantes de los trabajadores (destituciones programadas), incumplimientos de la normativa laboral (movilidad     geográfica bajo presión), despidos improcedentes continuos (sin comunicación a los comités de empresa). Este año 2012 con la subida colectiva del 0% y las PSI próximas a esta cifra perdemos un 3% de poder adquisitivo, siempre con los cálculos sobre IPC que los mismos empresarios con ayuda del gobierno de turno, controlan, decidiendo que entra y que no entra en este cálculo.

¿Aún queda alguien convencido de que esto es una consecuencia de la crisis y no un ataque a la clase trabajadora asalariada para abaratar la mano de obra, para la pérdida de los derechos sociales y laborales adquiridos en el último siglo? En INDRA tenemos el mejor ejemplo, una de las empresas que han tenido mayores beneficios en estos últimos años es sin embargo la primera en aplicar la contención salarial, entre otras cosas para que la cúpula directiva siga distanciándose cada vez más de sus empleados en cuanto a sueldos y que sus consejeros delegados sean de los mejores pagados de la empresa española.

¿Qué valor moral tiene la patronal de este país para congelar los salarios de los trabajadores?

Sabías que ...


· Los tribunales ponen límites a la Reforma Laboral: Los jueces echan atrás aquellos  despidos colectivos donde se comprueba aspectos formales básicos como los siguientes:

-  La empresa no ha negociado con los representantes legales de los trabajadores, ha incumplido el periodo de consultas, lo ha considerado un mero trámite o ha negociado de mala fe.

-  Existe un grupo empresarial más amplio que el que se toma en consideración para tramitar el ERE.

-  Falta de aportación de la documentación económica y financiera necesaria para que los representantes de los trabajadores estudien la situación de la empresa.


· Día de la Mujer Trabajadora: Desde la Secretaría de la Mujer de Co.Bas se organizaron una serie de acciones:

-  8 de marzo: cortejo por el centro de Madrid  para protestar contra la Reforma Laboral, que ha ahondado más las diferencias entre las condiciones laborales de hombres y mujeres y está provocando más precariedad en este sector de la sociedad, y que ha convertido la conciliación e igualdad en un arma de amenaza para el despido más que una meta a conseguir.

-  20 de marzo: charla con el lema  “Contra el machismo y la explotación” . Ana Rosa (militante del Movimiento Mujeres en lucha de la CSP-CONLUTAS de Brasil) nos obsequió con su experiencia y nos explicó su manera de organizarse y el trabajo que están haciendo, y el avance que ha supuesto para las cientos de trabajadoras que han dado este paso, integrándose en el movimiento sindical y popular, en defensa de sus derechos.

· Co.Bas estuvo en la manifestación del pasado 16 marzo por el centro de Madrid.


Se celebraron manifestaciones en diversos puntos de Europa para protestar contra la Troika y sus gobiernos.



Desde Co.Bas apoyamos estas jornadas de lucha porque consideramos importante que los trabajadores manifestemos con absoluta claridad el rechazo a esta unión de banqueros  y multinacionales en esta Europa de los capitalistas. 






· ¡!! Que los jueces no interpreten ¡!!: El presidente de CEOE pidió que se concreten algunos aspectos de la reforma laboral para que «no haya posibilidad de interpretación» por parte de los jueces. Y afirmó que esta «no es la última reforma laboral ni muchísimo menos». El código ético permitirá expulsar al presidente de la patronal o a empresas asociadas si cometen graves irregularidades.


· Agradecimiento por las sugerencias recibidas en nuestra cuenta de Co.Bas y en las cuentas Gmail de distribución: Os gradecemos las sugerencias y comentarios que nos enviáis cuando os llegan nuestras revistas y nuestros comunicados. Asimismo, seguimos atendiendo vuestras consultas y os animamos a que continuéis haciéndolo empleando los canales que aparecen en esta revista o la cuenta Gmail a través de la que os llega el presente documento.       


Sobre el II AENC y la “representatividad real” de los sindicatos mayoritarios


El pasado 25 de enero de 2012 fue firmado el II Acuerdo Por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) por las patronales CEOE, CEPYME y las direcciones de los sindicatos CCOO y UGT que fijan las bases de los convenios que afectan a tod@s l@s trabajador@s, y tras un año de ese acuerdo nos gustaría informar de su importancia.

Dicho acuerdo viene a suponer un tremendo ataque contra la clase trabajadora y a la ya de por sí precaria situación negociadora entre trabajadores y empresarios, pues el II AENC le otorga todas las reivindicaciones históricas a la Patronal, dejando las condiciones de los trabajadores en manos de los empresarios. El acuerdo modifica las relaciones entre representación legal de los trabajadores y empresarios, las causas ante las cuales la patronal podrá modificar las condiciones laborales a su casi libre antojo y las retribuciones salariales por el trabajo. Básicamente, tira por tierra todo y lo deja, legalmente, bajo el único amparo de la buena voluntad del empresario.

El primer punto alarmante es que fomenta la atomización de la clase trabajadora mediante la destrucción de los convenios colectivos sectoriales, en beneficio de los convenios empresariales, imposibilitando así cualquier respuesta unitaria de los trabajadores de un sector ante un posible recorte de condiciones laborales. Llevar la negociación a las empresas dificulta la unión de los trabajadores de un sector ante un conflicto dado y se aprovecha, nuevamente, de la diferencia de fuerza negociadora.

El II AENC, con la firma de CCOO y UGT, abre la vía a la reducción salarial en base a la situación económica de la empresa - actual o futura -, pudiendo realizar una reducción salarial si el empresario tiene menos beneficios o prevé pérdidas. Igualmente, posibilita la modificación de las condiciones laborales: cambios de jornada, aumento de la duración de las mismas según requerimiento de la empresa, trabajos fuera de categoría etc. Aboga por eliminar lo que considera “complementos obsoletos” no sujetos a la productividad, como es la antigüedad, único complemento que a día de hoy supone un incremento salarial en los trabajadores del sector. Elimina también las categorías en función de la formación y crea las “divisiones funcionales”, un término ambiguo bajo el cual se podrá colar prácticamente cualquier trabajo que ahora mismo se imposibilita por estar por encima o por debajo de la categoría. Este acuerdo da a las empresas lo que el Tribunal Supremo les está quitando: la razón en torno a la absorción de complementos por derechos adquiridos.

Promueve también la creación de los minijobs, la externalización de producción en todos los niveles, hasta el punto al que estamos acostumbrados en el sector TIC y, peor aún, lo legaliza permitiendo el trabajo en un mismo centro de personas de empresas matriz y subcontratadas. En cuanto a los salarios, el II AENC establece unas “subidas” salariales del 0% para 2012, 0,5% para 2013 y 0,6% para 2014. Esta es la propuesta que llevan a la mesa de negociación del XVII Convenio tal y como se indica en la encuesta de COMFIA-CCOO (http://www.comfia.info/limesurvey/index.php) con la siguiente pregunta:
¿Sabes que las reivindicaciones principales son la subida salarial para años anteriores y próximos en referencia según AENC (Acuerdo para el Empleo y Negociación Colectiva) y una nueva clasificación profesional?

Como moneda de cambio a esta traición perpetrada a la clase trabajadora por parte de la Patronal, CCOO y UGT, el II AENC le otorga a los dos sindicatos firmantes la capacidad para negociar en las empresas en las que no tengan presencia legal. Si la empresa no tiene comité, aunque tenga secciones sindicales, a la hora de negociar un cambio en las condiciones laborales serán estos sindicatos, y no los constituidos en la empresa, los que tengan poder de decisión con la empresa. Es, básicamente, un golpe de estado de la Patronal, en connivencia con ambos sindicatos. Y esta enésima claudicación y engaño de estos sindicatos, al igual que hicieron con el pensionazo, lo realizan en nombre de una clase trabajadora que, mayoritariamente, no se siente representada por ellos y habiendo perdido entre ambos en torno al medio millón de afiliados en este periodo de crisis económica, aparte del descrédito social, ganado a pulso.

Es momento de que los trabajadores nos impliquemos y engrosemos las filas del sindicalismo combativo, alternativo y de clase, pues o nosotros - los trabajadores y nuestras organizaciones – nos defendemos a nosotros mismos y a nuestros derechos o la Patronal y su Estado montarán y otorgarán prerrogativas a sus sindicatos – CCOO y UGT - para legitimar su política de imposición y de explotación máxima de los trabajadores.


Comisiones de Base (Co.Bas) – Coordinadora de Informática de (CGT) – Coordinadora Sindical de Clase (CSC) – Corriente Sindical d’Izquierda (CSI) – Solidaridad Obrera

jueves, 11 de abril de 2013

Sobre la caducidad del Convenio TIC y el nuevo engaño de CCOO y UGT


En los días que corren estamos recibiendo los trabajadores del sector TIC una campaña ‘informativa’ de los sindicatos financiados por el Estado - COMFIA-CCOO y FES-UGT - por la que nos trasladan que “el convenio podría morir el próximo día 7 de julio de 2013” y que ello implicaría que “Cuando ya no aplique el convenio las contrataciones podrán realizarse a partir del Salario Mínimo Interprofesional (SMI): 645 euros/mes, y no existirá ninguna regulación sobre jornada, conciliación, vacaciones, complementos de baja por enfermedad, etc.”.

¿Pero es verdad esto que señalan los sindicatos FES-UGT y COMFIA-CCOO? Rotundamente debemos decir que NO, y que es indecente la forma en la que nos están engañando al conjunto de los trabajadores del sector TIC.

Entonces ¿Qué es lo que realmente pasa con el convenio sectorial el próximo día 7 de julio?

El pasado 8 de julio de 2012 entró en vigor la Reforma Laboral del Partido Popular, Ley 3/2012, que incorpora multitud de recortes que  CCOO y UGT, junto con la Patronal, firmaron en el II Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). El artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores habla de la vigencia de los convenios, así en su último párrafo del apartado tercero señala que transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación”. Nuestro convenio está denunciado desde el año 2010, y no tiene convenio de ámbito superior, pues el XVI Convenio es estatal.

Acudiendo a la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2012 nos muestra la vigencia de los Convenios denunciados: “En los convenios colectivos que ya estuvieran denunciados en la fecha de entrada en vigor de esta ley, el plazo de un año al que se refiere el apartado 3 del artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por esta Ley, empezará a computarse a partir de dicha fecha de entrada en vigor.”.

Por consiguiente, en cuanto a la pérdida de vigencia del Convenio tras pasar un año la denuncia expresa a la que hace referencia el último párrafo del apartado tercero del Artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, ésta no sería de aplicación en nuestro caso, ya que el propio precepto legal recoge la posibilidad del Pacto en Contrario, y en base a lo ya mencionado en el artículo cuarto del Convenio, que nos deriva a los “términos del artículo 5”, se recoge que “denunciado el presente Convenio y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, perderán vigencia sus cláusulas obligacionales y se mantendrán en vigor el contenido normativo del convenio”.  Por lo que podemos entender que existe un Pacto en Contrario, contemplado en los artículos cuarto y quinto del Convenio, que permite que una parte del contenido del mismo se mantenga vigente pese a su denuncia y falta de acuerdo o laudo arbitral, vigencia que se mantendría tácita año tras año.

Esto quiere decir que, de no producirse un acuerdo o haber un laudo arbitral antes del 8 de julio de 2013, pasada dicha fecha las condiciones existentes serían las mismas que a día de hoy, manteniéndose las cláusulas normativas y sin vigencia de las cláusulas obligacionales.


Las  Cláusulas Obligacionales son  “aquellas que van destinadas singularmente a las propias partes negociadoras, sin perjuicio de que sus beneficiarios indirectos puedan ser las personas comprendidas en el ámbito de aplicación del Convenio”, a lo que añade que “generalmente establecen compromisos para evitar situaciones conflictivas o facilitar la aplicación de lo pactado”.


Por el contrario,  las Cláusulas Normativas son aquellas “cuyos destinatarios no son las partes negociadoras, sino los trabajadores y empresarios comprendidos en su ámbito de aplicación, añadiendo que “el propósito de estas cláusulas es la regulación general y abstracta de las distintas materias objeto” de las competencias propias de la negociación colectiva. Aquí se encuentran las tablas salariales, regulación de jornada, vacaciones, complementos de baja, etcétera. Por lo que nos están señalando FES-UGT y COMFIA-CCOO es, simple y llanamente, mentira: las claúsulas normativas tendrán vigencia año tras año mientras no haya un convenio nuevo que las sustituya. Por lo tanto, mientras no se firme un nuevo convenio, nos seguiremos rigiendo por las mismas tablas salariales definidas en el XVI Convenio sectorial.


¿Por qué nos están mintiendo los sindicatos FES-UGT y COMFIA-CCOO? Están abonando el terreno para una nueva traición. Sabemos que incluso en la Mesa han chalaneado con la absorción de la antigüedad, estando los dos sindicatos dispuestos a firmar un convenio de mínimos donde desapareciera este concepto que, en realidad, es el que nos sube los salarios. Hemos de recordar que el Tribunal Supremo ha dado la razón repetidamente a los trabajadores de manera que considera ilegal la absorción de este concepto, con lo que la evidencia de la traición a los trabajadores del sector es mayor si cabe.
A tenor de lo que CCOO y UGT han firmado en el II Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva, donde le dan a los empresarios el descuelgue del convenio, la distribución irregular del 10% de la jornada anual, la prerrogativa del empresario a reducir la jornada al trabajador, subidas salariales desvinculadas del IPC y raquíticas, etcétera, conocen ya el convenio que van a firmar y saben que es una traición en toda regla y, consecuentemente, quieren crear un clima de desorden total de tal forma que, cuando firmen, puedan dar el discurso que llevan haciendo durante 30 años, hemos conseguido firmar lo menos malo y hemos salvado los muebles. De esta manera, CCOO y UGT están realizando esta insistente campaña de (des)información, mostrándonos el falso caos que se produciría sin una firma de convenio para que así los trabajadores asuman como mal menor, por ejemplo, unas tablas salariales menores a las reflejadas en el XVI Convenio.

Por todo ello, las organizaciones sindicales abajo firmantes nos hemos reunido para empezar a  trabajar juntos e informar y concienciar a los trabajadores del sector con el objetivo de conseguir la unidad de acción y así construir un polo sindical que haga frente común ante la Patronal y desenmascarar los engaños y traiciones de las cúpulas sindicales de CCOO y UGT. Asimismo, invitamos al resto de organizaciones a que se sume a este proceso de unidad por la defensa real de los intereses de los trabajadores del sector. 



Comisiones de Base (Co.Bas) – Coordinadora de Informática de (CGT) – Coordinadora Sindical de Clase (CSC) – Corriente Sindical d’Izquierda (CSI) – Solidaridad Obrera


lunes, 1 de abril de 2013

Otra Forma de Sindicalismo


El pasado sábado 23 de marzo portavoces de varios sindicatos con presencia en el sector de TIC nos reunimos en Madrid para la coordinación y búsqueda de puntos en común ante la posible negociación de un nuevo convenio y su hipotética caducidad.

Portavoces de CSC (Coordinadora Sindical de Clase), Co.Bas (Comisiones de Base), CSI (Central Sindical d'Izquierda), Solidaridad Obrera y CGT (Confederación General del Trabajo) estuvimos compartiendo puntos de vista sobre el convenio de empresas de consultoría y su posible negociación por parte de la patronal y CCOO y UGT.

De esta reunión ha salido una iniciativa de trabajo en común y un llamamiento para unirse a este grupo a otros sindicatos combativos con la situación actual y críticos con una más que posible negociación a la baja del convenio.

De esta primera reunión van a surgir acciones conjuntas, críticas con el convenio colectivo, críticas con una negociación amparada en los fantasmas de un posible descuelgue hasta el Estatuto de los Trabajadores y de propuesta de reparto del trabajo, subidas salariales y mejoras en la jornada.

Hay otra forma de sindicalismo. Existe otra forma de luchar por los intereses de todas y todos.