En los días que
corren estamos recibiendo los trabajadores del sector TIC una campaña ‘informativa’ de los sindicatos
financiados por el Estado - COMFIA-CCOO y FES-UGT - por la que nos trasladan
que “el convenio podría morir el próximo
día 7 de julio de 2013” y que ello implicaría que “Cuando ya no aplique el
convenio las contrataciones podrán realizarse a partir del Salario Mínimo
Interprofesional (SMI): 645 euros/mes, y no existirá ninguna regulación
sobre jornada, conciliación, vacaciones, complementos de baja por enfermedad,
etc.”.
¿Pero es verdad esto que señalan los
sindicatos FES-UGT y COMFIA-CCOO? Rotundamente debemos decir que NO,
y que es indecente la forma en la que nos están engañando al conjunto de los
trabajadores del sector TIC.
Entonces ¿Qué es lo que realmente pasa con
el convenio sectorial el próximo día 7 de julio?
El pasado 8 de
julio de 2012 entró en vigor la Reforma Laboral del Partido Popular, Ley
3/2012, que incorpora multitud de recortes que
CCOO y UGT, junto con la Patronal, firmaron en el II Acuerdo por el
Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). El artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores habla de la vigencia
de los convenios, así en su último párrafo del apartado tercero señala que “transcurrido
un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un
nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en
contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de
ámbito superior que fuera de aplicación”. Nuestro convenio está
denunciado desde el año 2010, y no tiene convenio de ámbito superior, pues el
XVI Convenio es estatal.
Acudiendo a la Disposición Transitoria
Cuarta de la Ley 3/2012 nos muestra la vigencia de los Convenios denunciados: “En
los convenios colectivos que ya estuvieran denunciados en la fecha de entrada
en vigor de esta ley, el plazo de un año al que se refiere el apartado 3 del
artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por
esta Ley, empezará a computarse a partir de dicha fecha de entrada en vigor.”.
Por
consiguiente, en cuanto a la pérdida de vigencia del Convenio tras pasar un
año la denuncia expresa a la que hace referencia el último párrafo del apartado
tercero del Artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, ésta no sería de
aplicación en nuestro caso, ya que el propio precepto legal recoge la
posibilidad del Pacto en Contrario, y en base a lo ya mencionado en el artículo cuarto del Convenio, que
nos deriva a los “términos del
artículo 5”, se recoge que “denunciado el presente Convenio y hasta tanto no se logre acuerdo
expreso, perderán vigencia sus cláusulas obligacionales y se mantendrán en
vigor el contenido normativo del convenio”. Por lo que podemos entender que
existe un Pacto en Contrario, contemplado en los artículos cuarto y quinto del
Convenio, que permite que una parte del contenido del mismo se mantenga vigente
pese a su denuncia y falta de acuerdo o laudo arbitral, vigencia que se mantendría tácita año tras
año.
Esto quiere decir que, de no producirse un
acuerdo o haber un laudo arbitral antes del 8 de julio de 2013, pasada dicha
fecha las condiciones existentes serían las mismas que a día de hoy,
manteniéndose las cláusulas normativas y sin vigencia de las cláusulas
obligacionales.
Las
Cláusulas Obligacionales son “aquellas que van destinadas
singularmente a las propias partes negociadoras, sin perjuicio de que sus
beneficiarios indirectos puedan ser las personas comprendidas en el ámbito de
aplicación del Convenio”, a lo que añade que “generalmente
establecen compromisos para evitar situaciones conflictivas o facilitar la
aplicación de lo pactado”.
Por el contrario, las Cláusulas Normativas son
aquellas “cuyos destinatarios no son las partes negociadoras, sino los
trabajadores y empresarios comprendidos en su ámbito de aplicación,
añadiendo que “el propósito de estas cláusulas es la regulación general y
abstracta de las distintas materias objeto” de las competencias propias de
la negociación colectiva. Aquí se encuentran las tablas salariales,
regulación de jornada, vacaciones, complementos de baja, etcétera. Por lo
que nos están señalando FES-UGT y COMFIA-CCOO es, simple y llanamente, mentira:
las claúsulas normativas tendrán
vigencia año tras año mientras no haya un convenio nuevo que las sustituya. Por lo tanto, mientras no se firme
un nuevo convenio, nos seguiremos rigiendo por las mismas tablas salariales
definidas en el XVI Convenio sectorial.
¿Por qué nos están mintiendo los sindicatos
FES-UGT y COMFIA-CCOO? Están abonando el terreno para una nueva traición.
Sabemos que incluso en la Mesa han chalaneado con la absorción de la
antigüedad, estando los dos sindicatos dispuestos a firmar un convenio de
mínimos donde desapareciera este concepto que, en realidad, es el que nos sube
los salarios. Hemos de recordar que el Tribunal Supremo ha dado la razón
repetidamente a los trabajadores de manera que considera ilegal la absorción de
este concepto, con lo que la evidencia de la traición a los trabajadores del
sector es mayor si cabe.
A tenor de lo que
CCOO y UGT han firmado en el II Acuerdo por el Empleo y la Negociación
Colectiva, donde le dan a los empresarios el descuelgue del convenio, la
distribución irregular del 10% de la jornada anual, la prerrogativa del
empresario a reducir la jornada al trabajador, subidas salariales desvinculadas
del IPC y raquíticas, etcétera, conocen ya el convenio que van a firmar y saben
que es una traición en toda regla y, consecuentemente, quieren crear un clima
de desorden total de tal forma que, cuando firmen, puedan dar el discurso que
llevan haciendo durante 30 años, hemos conseguido firmar lo menos malo y hemos
salvado los muebles. De esta manera, CCOO y UGT están realizando esta insistente
campaña de (des)información, mostrándonos el falso caos que se produciría sin
una firma de convenio para que así los trabajadores asuman como mal menor, por
ejemplo, unas tablas salariales menores a las reflejadas en el XVI Convenio.
Por todo ello, las organizaciones
sindicales abajo firmantes nos hemos reunido para empezar a trabajar juntos e informar y concienciar a
los trabajadores del sector con el objetivo de conseguir la unidad de acción y
así construir un polo sindical que haga frente común ante la Patronal y
desenmascarar los engaños y traiciones de las cúpulas sindicales de CCOO y UGT.
Asimismo, invitamos al resto de organizaciones a que se sume a este proceso de
unidad por la defensa real de los intereses de los trabajadores del sector.
Comisiones de Base (Co.Bas) – Coordinadora de Informática de (CGT)
– Coordinadora Sindical de Clase (CSC) –
Corriente Sindical d’Izquierda (CSI) –
Solidaridad Obrera
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