martes, 29 de octubre de 2013

Verificación ergonómica de los puestos de trabajo

Prevención de Riesgos Laborales
Durante los meses de octubre a diciembre se estará realizando la verificación ergonómica de los puestos de trabajo ocupados por personal de Indra Sistemas.
Según la información proporcionada por el SPPM, el proceso de toma de datos implica la verificación ergonómica individual de los puestos ocupados el día que se realiza la visita a cada módulo.

Dicha actuación la realiza un Técnico de Prevención de Riesgos Laborales del SPPM acompañado normalmente por algún Delegado de Prevención.

Se aplica el REAL DECRETO 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Podéis acceder aquí a dicho Real Decreto.

Se tratan los siguientes temas:

Artículo 2. Definiciones
A efectos de este Real Decreto se entenderá por:
Pantalla de visualización: una pantalla alfanumérica o gráfica, independientemente del método de representación visual utilizado.

Puesto de trabajo: el constituido por un equipo con pantalla de visualización provisto, en su caso, de un teclado o dispositivo de adquisición de datos, de un programa para la interconexión persona/máquina, de accesorios ofimáticos y de un asiento y mesa o superficie de trabajo, así como el entorno laboral inmediato.

Trabajador: cualquier trabajador que habitualmente y durante una parte relevante de su trabajo normal utilice un equipo con pantalla de visualización.

Artículo 3. Obligaciones generales del empresario
Artículo 4. Vigilancia de la salud
Artículo 5. Obligaciones en materia de información y formación
Artículo 6. Consulta y participación de los trabajadores


En especial consideramos que sería muy interesante que leyeseis el apartado siguiente, podría aclararos posibles dudas:
Anexo: Disposiciones mínimas

Para cualquier otra consulta que necesitéis estamos también a vuestra disposición los Delegados de Prevención de CoBas.


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